Por un marco legal en contra de la violencia en línea contra las mujeres

Celeste Morales Santiago

“Podrías estar sentada en casa, en el trabajo o en cualquier lugar público, y de repente alguien puede enviarte una amenaza de violación gráfica directamente en la palma de tu mano”.[1]

Más de 30 millones (66.1%) de mujeres mexicanas sufren violencia estructural en su contra[2] y, la predominante cultura de impunidad es uno de los factores más preocupantes para su erradicación. Debido a la desconfianza en la impartición de justica de las instituciones y autoridades; un alto porcentaje decide no tomar acciones legales o presentar una denuncia ante la violencia que vive[3], y en caso de hacerlo, vive una revictimización. Ante esta situación, cada vez son más las mujeres que deciden evidenciarla mediante el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y plataformas de redes sociales, ya que estas permiten una diversificación del discurso público que contribuye fuertemente a la lucha global por los derechos de las mujeres.

Mediante estas plataformas se puede dar voz a las que no la tienen y convertirlas en un escenario que permita abordar las injusticias sociales, un ejemplo de estas son las campañas mundiales con el hashtag #MeToo, #HeForShe o #Niunamenos que trascienden fronteras virtuales y geográficas, para agrupar a millones de mujeres que exponen la violencia, el abuso y el acoso que sufren en sus países.

El pronunciamiento de las mujeres en las redes no solo se ha traducido en mayor presencia de sus demandas, lamentablemente, estas plataformas también han sido la vía para perpetuar diversas formas de violencia, enfrentándolas a una nueva dimensión de violencia de género en línea. Muchas veces las agresiones digitales son antecedente o subsiguientes a la violencia física[4], ya que la violencia en línea se encuentra intrínsecamente ligada a la violencia social. De acuerdo con la investigación realizada por la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC) entre 2012 y 2014[5] en siete países, incluido México, se encontró que las mujeres entre 18 y 30 años, son las más vulnerables en los espacios digitales y en el 40% de los casos las agresiones son cometidas por personas conocidas por las víctimas. También menciona que hay tres categorías principales de mujeres que enfrentan este tipo de violencia: mujeres que viven en una relación íntima de violencia, mujeres profesionales con perfil público que participan en espacios de comunicación (periodistas, investigadoras, activistas y artistas), y mujeres sobrevivientes de violencia física o sexual.

El acoso en línea es uno de los tipos de violencia más comunes y masivos en la red, en tanto que una sola víctima puede recibir cientos de miles de mensajes de esta naturaleza, al día. Amnistía Internacional estima que una de cada cinco mujeres ha sido víctima de violencia o acoso a través de Internet. El informe “La violencia en línea contra las mujeres en México”[6] elaborado por la colectiva Luchadoras, muestra un panorama general sobre la situación de este tipo violencia, que, aunque suele ser subestimada, es un fenómeno creciente que tiene impactos graves en la vida de las mujeres y pone barreras al ejercicio pleno de sus derechos humanos. En el informe se identifican seis tendencias preocupantes de violencia digital contra mujeres: 1) Odio viral al denunciar alguna agresión en redes sociales, 2) derribo de espacios de expresión para activistas, colectivas y medios de comunicación mediante la censura, 3) campañas de ataques organizados, 4) extorsión bajo amenaza de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, 5) el espionaje de Estado a periodistas, activistas y defensoras y, 6) las campañas de desprestigio. Estas agresiones no solo obstaculizan el acceso de las mujeres a los entornos digitales, además las colocan en desventaja respecto a la garantía de derechos como la libertad de expresión, el pleno desarrollo, la salud física y mental.

La ONU ya ha establecido que los derechos humanos de las personas deben estar protegidos en Internet de la misma forma que en el mundo físico.[7] Proteger los derechos de las mujeres y de todas las personas en línea requiere recursos, transparencia y acción coordinada entre las empresas de redes sociales, los gobiernos y la sociedad en general. Pues es una realidad que debe ser tratada de forma colectiva donde todas las personas que usamos internet identifiquemos las condiciones bajo las cuales se presenta la violencia en línea y así plantearnos cómo combatirla. Amnistía Internacional[1] señala que las empresas de redes sociales tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos y esto incluye el derecho a la libertad de expresión. Esto significa garantizar que las mujeres que usan sus plataformas puedan hacerlo de manera equitativa, libre y sin miedo.

Los gobiernos tienen la obligación de proteger a las mujeres y a todas las personas de las violaciones de los derechos humanos, legislando en contra de la violencia y abusos en en el ámbito virtual. El camino es largo, pero las propuestas están sobre la mesa. A nivel estatal los congresos están tomando acciones, por ejemplo: la #LeyOlimpia [8] aprobada ya en 12 de los 32 estados del territorio mexicano. En el ámbito federal las acciones están estancadas; basta citar que desde diciembre de 2016, la Cámara de Diputados aprobó en pleno un dictamen para reformar el Código Penal Federal en sus artículos 211 y 259, para sancionar el ciberacoso y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento. La iniciativa se turnó a la Cámara de Senadores para su análisis y ratificación, pero hasta el momento no ha sido retomada para su discusión. Situación en sí misma lamentable. Desde esta columna hago un llamado a los legisladores para trabajar en un marco legal sobre los espacios digitales con perspectiva de género, evitando la revictimización y la imposición de restricciones o sanciones que atenten otros derechos a nombre de la protección a las víctimas. La lucha contra la violencia y el abuso en línea, no debe ser una excusa para atentar al legítimo ejercicio de la libertad de expresión[6].

[1] Amnistía internacional https://bit.ly/2lGHIVt

[2] ENDIREH 2016 https://bit.ly/2oh6fFw

[3] ENVIPE 2018 https://bit.ly/2uVNiIk

[4] https://bit.ly/2Ju1H4h

[5] APC, 2014 https://bit.ly/2oxmPBe

[6] Luchadoras, 2017 https://bit.ly/2m7CCW7

[7] ONU https://bit.ly/2nYk37V

[8] https://bit.ly/2o0qpUj

Fuente: Sin embargo se mueve …