Las violaciones a los derechos humanos son crímenes de lesa humanidad que han generado una crisis humanitaria: Elena Azaola

En palabras de Elena Azaola, entre 2016 y 2018 las quejas por violaciones a derechos humanos cometidas por la Secretaría de Marina se incrementaron en 135%, en contra de la Secretaría de Defensa en 47%, y en contra de la Policía Federal en 40%

“Uno de los grandes esfuerzos que debe hacer el Estado constitucional es buscar esa armonización indispensable entre lo que dispone la norma y lo que se observa en la realidad. El Estado que no cumple con ese objetivo sigue siendo un Estado anclado en otra etapa histórica de su desarrollo”, con estas palabras Diego Valadés, miembro de El Colegio Nacional, inició la segunda sesión del ciclo Derechos humanos: 10 años de la reforma constitucional.

Bajo el título Efectividad de los derechos humanos, la mesa redonda tuvo como ponentes a la antropóloga Elena Azaola, al político y abogado Sergio García Ramírez, al investigador Carlos Ríos Espinosa y a la abogada Regina Tamés. El jurista y coordinador del ciclo, agregó que el Estado constitucional debe evitar el acoso externo e interno de su sociedad, y es en este punto donde falla, “no hay Estado perfecto y por eso existen instrumentos de garantía que son los que permiten corregir las desviaciones. En el Estado mexicano subsisten condiciones que limitan el ejercicio de los derechos humanos”.

Por su parte, la antropóloga Elena Azaola se refirió al estado de excepción y los derechos humanos, explicó que en la base de las justificaciones jurídicas utilizadas para el estado de excepción subyace la idea de que la necesidad no tiene ley, o bien, la necesidad crea su propia ley. “El estado de excepción es esencialmente un espacio vacío en el que una acción humana sin relación con el Derecho, tiene frente a sí una norma sin relación con la vida.”

La investigadora mexicana recordó las palabras del filósofo italiano Giorgio Agamben, quien definía este estado como un espacio en el que está en juego una fuerza de ley, sin ley. “Encontrarnos en un estado de excepción se ha convertido en norma. Uno de los signos más preocupantes de él en nuestro país lo constituye el poder creciente que la actual administración ha cedido y ha concedido a las fuerzas armadas.”

El decreto del 14 de mayo de 2020 anticipó el uso de las fuerzas armadas para tareas de seguridad hasta 2024 y su facultad para realizar detenciones, ejecutar órdenes de aprehensión, asegurar bienes, resguardar escenas del crimen y efectuar labores de seguridad pública sin controles externos, sin rendición de cuentas y sin estar sujetas al control de autoridades civiles. “El decreto deja también claro que nunca hubo una apuesta seria por el carácter civil de la Guardia Nacional. Durante la presente administración el presupuesto de la Secretaría de la Defensa se incrementó en un 39% y representa el gasto de 8 secretarías de Estado.”

En palabras de la antropóloga, más de 340 mil personas han perdido la vida de manera violenta entre 2007 y 2020. Se estima que aproximadamente la mitad de estas muertes han tenido lugar en enfrentamientos entre grupos delictivos o entre éstos y autoridades. Hoy día se tiene registro de más de 450 grupos de crimen organizado, no obstante, que en 2007 eran menos de una docena. “Las violaciones graves a los Derechos Humanos hemos de mirarlas y nombrarlas como lo que son, crímenes de lesa humanidad, que han generado una crisis humanitaria de la mayor envergadura y de la que nadie está dispuesto a hacerse cargo.”

La también psicoanalista enlistó los datos que sustentan lo mencionado: más de 83 mil personas han sido reportadas como desaparecidas entre 2006 y 2020, mientras que sólo hay registro de 35 sentencias condenatorias por delitos de desaparición forzada o desaparición cometida por particulares; entre 2007 y 2020, la tasa de homicidios pasó de 8 a 29 por 100 mil habitantes, mientras que la impunidad por este delito en el mismo periodo se incrementó de 55 a 90%.

“Durante los últimos 10 años, 31 mil mujeres han sido asesinadas y más de 4 mil de estos casos fueron tipificados como feminicidios. Durante el 2020 hubo más de 260 mil mujeres que reportaron hechos de violencia en sus hogares, y en el mismo año, la Red Nacional de Refugios incrementó en 300% los rescates a mujeres. En este caso, el estado ha fallado en brindar protección a los más débiles.”

De acuerdo con los expedientes de los organismos públicos de Derechos Humanos, en 2019 se reportaron a nivel nacional 140 mil 486 delitos presuntamente violatorios de Derechos Humanos. Del total de quejas, 5 mil 551 fueron por detención arbitraria, 5 mil 12 por tratos crueles, inhumanos o degradantes, 2 mil 143 por tortura, 281 por desaparición forzada y 68 por ejecuciones extrajudiciales. “El nivel de paz en México se ha deteriorado 27% en los últimos cinco años, dicho deterioro obedeció sobre todo a que la tasa nacional de homicidios se incrementó 86% entre 2015 y 2020.”

Además, entre 2016 y 2018 las quejas por violaciones a derechos humanos cometidas por la Secretaría de Marina se incrementaron en 135%, en contra de la Secretaría de la Defensa en 47%, y en contra de la Policía Federal en 40%, señaló.

Requerimos una verdadera cultura de Derechos Humanos

Al tomar la palabra Sergio García Ramírez comentó que la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos de 2011, colocó en el centro de la escena al ser humano, entrañó en su momento una gran promesa de progreso de libertad y de justicia en la relación con el poder público y los individuos.

Sin embargo, “aquí nos enfrentamos con una dolorosa verdad, caer en meras proclamaciones y deslizarnos en la retórica a propósito de los derechos humanos que a la postre se lleva el viento. La ley ha mostrado su incurable incompetencia, esas expectativas puestas en las reformas constitucionales y en las leyes que derivan de éstas no siempre han operado en realidad, en beneficio y a favor de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.”

De acuerdo con García Ramírez, es necesario establecer fuentes de tránsito entre los grandes principios, los valores del ser humano y su práctica, su eficacia, su efectividad. “Las proclamaciones de derechos humanos que están sustentadas, cimentadas en un reconocimiento, en un culto y cultivo del ser humano y de los derechos fundamentales no pasan de ser palabras, requerimos y no tenemos una verdadera cultura de derechos humanos, un culto y cultivo del ser humano, por parte de funcionarios, pero también de la sociedad.”

Una violación a estos derechos es la Ley regulatoria del artículo 29 que no ha llegado y que evitará que se llegue a la dictadura constitucional. “La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha tropezado últimamente en forma visible, ostentosa, ya no es poderosa y operante como la concibieron sus fundadores; el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se encuentra sujeto a una severa presión, al descrédito que se siembra desde muchas tribunas de la República.”

El ponente aseguró que actualmente se tiene una flagrante y deplorable militarización de la seguridad pública, con reformas constitucionales de 2019 que han cimentado esta militarización, la Guardia Nacional es parte de las fuerzas armadas; “también deploramos la prisión preventiva oficiosa aparecida en 2008 y desarrollada en 2019; la privación de dominio es una flagrante violación de muchos derechos fundamentales; tenemos una legislación secundaria ominosa, véase el decreto del 19 de febrero de 2021, que reforma 9 leyes, todas ellas en un sentido oscuro y autoritario.”

“Si hablamos de derechos humanos, declaraciones, normas, podemos sentirnos satisfechos, tenemos una legislación de avanzada, aunque no en algunas materias, pero opera en la realidad o hemos puesto toda nuestra esperanza en la ley, que ha mostrado su incurable incompetencia.”

Derecho de las personas con discapacidad

Por su parte, el investigador Carlos Ríos Espinosa se refirió al derecho de las personas con discapacidad, “este nuevo marco que ya tiene estatus constitucional, permite a los órganos, jurisdiccionales y no jurisdiccionales de protección de los derechos humanos en México, hacer una revisión de las instituciones y prácticas vigentes de los derechos con personas con discapacidad.”

Agregó que los principios básicos de esta convención son ocho: el primero es que lejos de ser objeto de tutela, las personas con discapacidad son sujetos, y el principio fundamental es la autonomía individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones; el segundo es el derecho a la no discriminación, a la igualdad; el tercer principio es su participación plena y efectiva en la sociedad, respecto a la diferencia y aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y de la condición humana.

Los principios también incluyen la igualdad de oportunidades, en la que tienen que estar las personas con discapacidad incluidas en todos los aspectos de la vida y dimensiones sociales; el derecho a la accesibilidad, por ejemplo, a herramientas digitales que se han convertido en el pan cotidianos de cada día; la igualdad entre el hombre y la mujer; y el reconocimiento de que niños, niñas y adolescentes con discapacidad tienen derecho a la identidad personal y a que se respete esta preservación de la identidad como personas con discapacidad.

“En México somos más de 16 millones de personas con discapacidad según el último registro del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Actualmente dos temas son discutidos por el Congreso mexicano, específicamente por la Cámara de Senadores, el primero de ellos se refiere a una reforma a la legislación para la protección de las mujeres contra la violencia. Encontramos mujeres que sufren todo tipo de violencia, con discapacidad y que es verdaderamente invisible. Violencia física extrema, emocional, patrimonial e intervención con su capacidad de decidir. El sistema hoy por hoy no las incluye.”

El segundo elemento está en discusión en la Cámara de Senadores y tiene que ver con las discapacidades psicosociales. “La idea que actualmente se tiene de cómo brindar servicios a personas en el ejercicio de su derecho a la salud mental, también es algo que encontramos que está entrando en contradicción con los estándares que establece la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.”

En su ponencia, la abogada Regina Tamés puntualizó que en México existe un vacío entre lo que dicen las normas de derechos humanos y lo que sucede en la vida diaria de las personas. Basta con mirar la desproporcionada desigualdad que separa a millones de mexicanos en pobreza con los que viven en situación de privilegio. “Esto nos habla de que una mayoría de personas tiene derechos que no son efectivos y una minoría vive en una situación de plenos derechos. Parecía que la Reforma de 2011 permitiría cerrar esa brecha y la gran pregunta sigue siendo ¿Qué tanto ha podido contribuir a cerrarla?”

Agregó que este fenómeno de regulación normativa tuvo un impacto relevante en el entendimiento de lo que es la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, habló de tres casos que se relacionan con justicia reproductiva y pudieron echar mano de los argumentos plasmados en los tratados internacionales que forman parte del marco constitucional del país y que ilustran el impacto de la reforma constitucional.

El primero es el caso de las instancias infantiles, materia en la que se publicó una reforma a finales de 2020, en la que se estableció que las personas trabajadoras aseguradas tendrán derechos a servicios de guardería para sus hijos sin distinción si son hombres o son mujeres. “Este importante paso legal hacia la corresponsabilidad de las labores familiares se logró en parte gracias a los estándares internacionales que la Constitución hoy contempla.”

El segundo caso es el de aborto por razones de salud, el Estado y las instituciones públicas de salud deben garantizar el acceso oportuno y adecuado a este servicio cuando las mujeres enfrentan embarazos que complican su bienestar, lo que implica detectar y atender las circunstancias y padecimientos que enfrentan. “Con ello se reafirma la obligación de garantizar el derecho a la salud de las mujeres, lo que permite que en cualquier estado del país ellas puedan acceder a la interrupción legal del embarazo cuando su salud esté en riesgo, aunque dicha causal no se encuentre en el código penal de esta entidad federativa.”

El tercer caso es el de violencia obstétrica, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió en 2017 una recomendación general que reconoce que esta conducta sucede en el país, y en 2016 se incorporó en la rendición de la violencia realizada por el INEGI. “Sin duda, el panorama no es alentador, pero existen casos de avances que nos pueden dar esperanza en la interpretación de estos derechos”, señaló.

Fuente: El Colegio Nacional