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Las sentencias por sí solas no resolverán la crisis climática, pero se pueden fortalecer el sistema legal y las instituciones del Ejecutivo: José Ramón Cossío

“Las instituciones, políticas y leyes pueden ser más eficientes si integren el conocimiento ambiental. Tengamos en cuenta que estamos ante una EMERGENCIA y no podemos estar haciendo más de lo mismo”, sostuvo Carabias

Las sentencias que pueden ilustrar de forma clara el camino que ha seguido la jurisprudencia para proteger a la naturaleza y visibilizar los impactos del cambio climático en los ecosistemas, fueron expuestas en la nueva sesión del Seminario Permanente de Derecho y Ciencia, coordinado por José Ramón Cossío, miembro de El Colegio Nacional, y Alejandra Rabasa Salinas, de la Unidad General de Conocimiento Científico y Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La mesa, titulada El conocimiento científico en las sentencias constitucionales para la protección de la naturaleza, contó con la participación de la colegiada Julia Carabias y se realizó en el Aula Mayor de la dependencia el 4 de junio. Rabasa Salinas expuso que una de las tres sentencias propuestas para la sesión, fue el caso del amparo 4102013, que perteneció a una mujer dueña de un terreno cubierto de manglares, en Islas Mujeres, y que pidió un permiso a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para desarrollar un proyecto turístico, en la Riviera Maya, que implicaba desmontar estos ecosistemas. La Ley General de Vida Silvestre le negó la petición.

La sentencia estuvo a cargo del colegiado José Ramón Cossío y representó “un salto cuántico en la validez y en la manera de pensar en la legislación ambiental. Fue la primera sentencia en la jurisprudencia que vinculó el derecho humano a un ambiente humano sano, garantiza la protección de la naturaleza y los límites a la propiedad. Planteó que el derecho a la propiedad no es absoluto, se puede regular o matizar cuando hay que proteger bienes fundamentales como los manglares”. Así el interés colectivo en la protección de estos ecosistemas supera al interés individual.

En 2018, ocurrió una segunda sentencia relacionada con la Laguna del Carpintero, en Tampico. Tuvo su origen después de que el ayuntamiento de esta región decidió autorizar un proyecto llamado Parque Ecológico Centenario, de una empresa transnacional, que requería el relleno de agua de la laguna costera. No hubo autorización del SEMARNAT, pero sí un acta del cabildo y un permiso del Estado. Dos vecinas de este depósito natural del líquido denunciaron ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y que se dirigieron a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), dirigida por el colegiado José Sarukhán.

CONABIO presentó un dictamen que consideró a la laguna como zona protegida y prioritaria para la conservación de la biodiversidad. Las vecinas consiguieron un recurso de amparo, que afirmaba que este proyecto violaba su derecho al medio ambiente sano y destruía los manglares que se necesitaban por sus servicios ambientales.

Según Alejandra Rabas, este proyecto de Ley General de Vida Silvestre, propuesto por la ministra presidenta, Norma Piña, interpreta ampliamente el derecho al medio ambiente sano y plantea que protege a la naturaleza por su valor en sí misma, no por un valor utilitario. Por lo tanto, “para resolver cualquier caso relacionado con la protección del medio ambiente o riesgos al ambiente, se tienen que seguir los principios del derecho ambiental, como el principio de precaución y el de prevención, así como elegir la sentencia que favorezca al medio ambiente”.

“Una persona puede argumentar que se beneficia de los servicios ambientales regionales, locales, nacionales o globales, sin ser vecino del área en cuestión. Si quiere defender un ecosistema que está en riesgo, puede pedir un juicio de amparo para que el gobierno federal proteja a la naturaleza por su valor intrínseco, por sus servicios ambientales”, subrayó la experta.

Agregó que, no sólo las autoridades ambientales pueden proteger el medio ambiente, también las que toman decisiones sobre economía, energía, desarrollo urbano, y sector del desarrollo. “Estos problemas del derecho ambiental, del cambio climático y de la naturaleza están rediseñando muchas de las formas de pensar de la justicia y hay muchas expectativas puestas en este sistema”, concluyó.

Al tomar la palabra, Julia Carabias, miembro de El Colegio Nacional, sostuvo que los ecosistemas están formados por un ensamble de especies y todos funcionan con los mismos principios naturales. “La alteración de los sistemas biofísicos está acabando con las condiciones estables en las que evolucionó la civilización humana. Se han rebasado varios umbrales planetarios y otros están en proceso de llegar a una situación de riesgo”.

La bióloga mexicana explicó que el cambio climático impacta en el cambio de suelo, que a su vez genera pérdida de biodiversidad y, en consecuencia, la pérdida del agua dulce. A la pregunta ¿Cómo evitar la catástrofe?, la colegiada respondió que, el cumplimiento de la Agenda 2030 del desarrollo sostenible obliga a planear con un enfoque integral, comprendiendo las interacciones entre las dimensiones económicas, sociales, territoriales y de sustentabilidad ambiental. Se necesita “garantizar la conservación de la base natural del desarrollo sustentable”.

Comentó que la SCJN interpreta el derecho humano a un medio ambiente sano como esencial para garantizar otros derechos vinculados con el bienestar. Implica aplicar los criterios y principios de la función ecológica de la propiedad, es decir, los deberes de conservación y restauración son obligatorios para los propietarios, ocupantes y usuarios del sitio.

“Estamos transformando los sistemas de soporte de la vida a ritmos sin precedentes. Podemos evitarlo modificando las formas de desarrollo, consumo, tecnología y ética. Las instituciones políticas y las leyes pueden ser más eficientes si integren el conocimiento ambiental. Tengamos en cuenta que estamos ante una EMERGENCIA y no podemos estar haciendo más de lo mismo”, aseveró Carabias.

Puntualizó que sólo con sentencias no se puede resolver la crisis climática, pero sí se puede fortalecer el sistema legal y las instituciones del ejecutivo. “Nadie puede quedarse atrás en este proceso de cambio que tiene que haber para consolidar un mundo sustentable”.

Por su parte, el colegiado José Ramón Cossío, comentó que “estamos viendo aquí cómo el conocimiento científico se incorpora a la sentencia. Aquí el asunto no está en perdernos en las sentencias, porque los tribunales por sí solos no evitarán llegar al aumento de dos grados centígrados del ambiente, pero sí, a través de la acumulación de un conjunto de acciones en una dirección correcta para tratar de regular”.

El abogado mexicano recordó que hay un principio de afectación que tiene que solucionarse, a través del conocimiento científico. “Más allá que nos agrade el medio ambiente y nos preocupe, tiene una condición seria. Si demando a una empresa por daño en mi salud, tengo que comprobarlo científicamente, porque la empresa comprobará con unos abogados y pruebas científicas que el daño a la salud pudo no haberlo generado su producto, sino sus malos hábitos, su genética o cualquier otra cosa. Un litigio es durísimo”. “La sustantivación de la naturaleza, un río, un bosque, es lo que está permitiendo el contraste de elementos, porque antes el derecho a la propiedad estaba por encima de casi todo, pero esto ha permitido un avance brutal de no más de 15 años en la jurisprudencia en materia ambiental”, finalizó el colegiado.

Fuente: El Colegio Nacional